Apple destinará US$3 millones para compensar a usuarios argentinos de iPhone por la desaceleración de sus equipos
La compañía alcanzó un acuerdo tras la demanda colectiva de Adelco de 2020; la compensación individual rondaría los US$40, aunque el monto final dependerá de la cantidad de reclamos válidos. Todavía no se abrió la inscripción.
El Juzgado Nacional en lo Comercial N.º 21 homologó un acuerdo por el que Apple destinará US$3 millones para indemnizar a usuarios argentinos de determinados modelos de iPhone que vieron reducido el rendimiento de sus equipos. La acción había sido impulsada el 4 de febrero de 2020 por la Asociación de Defensa de los Consumidores (Adelco), que reclamó por la desaceleración deliberada que la compañía aplicaba en ciertos teléfonos a medida que las baterías envejecían.
Para dimensionar el caso, vale la comparación interanual: frente a los US$3 millones que ahora se ponen a disposición de los usuarios argentinos, el monto original discutido en la demanda representaba una cifra sensiblemente mayor. No obstante, el acuerdo fija un tope global, y la compensación que reciba cada persona se calculará una vez que se conozca la cantidad total de reclamos validados. La estimación difundida ronda los US$40 por teléfono, aunque se trata de un valor referencial y no garantizado.
Quiénes pueden reclamar y qué equipos están incluidos
- Haber sido propietario de uno de los iPhone comprendidos en el acuerdo.
- Haber residido en la Argentina al 4 de febrero de 2020.
- Contar con el IMEI (sigla en inglés de Identidad Internacional de Equipo Móvil) o MEID (Identificador Internacional de Equipo Móvil) del dispositivo, aunque ya no se conserve el teléfono.
- Presentar la solicitud de manera personal y gratuita, sin intervención de intermediarios.
La nómina de dispositivos alcanzados por la compensación incluye los iPhone 6 y 6 Plus, 6s y 6s Plus, la primera generación del iPhone SE, y los iPhone 7 y 7 Plus. Se trata de los modelos que, según la propia compañía, fueron objeto de una gestión dinámica del rendimiento para evitar apagados inesperados cuando la batería acusaba un desgaste avanzado.
Un dato clave para quienes hayan desechado o vendido el equipo: no es necesario conservar físicamente el teléfono para acceder al pago. Sí resulta imprescindible recuperar su identificador, ya sea el IMEI en equipos GSM o el MEID en modelos CDMA (dos estándares de comunicación móvil que utilizan las redes celulares para identificar los dispositivos). Quienes no tengan ese número a mano pueden consultarlo en el apartado Dispositivos de su perfil de Apple ID, donde la compañía registra cada aparato asociado a la cuenta.
Cómo será el trámite una vez que se habilite la inscripción
Al momento de la información conocida, el formulario de inscripción aún no estaba habilitado. Cuando se abra, el procedimiento exigirá los datos del titular, el identificador del equipo y una declaración jurada firmada de manera digital. La presentación será personal y gratuita, sin costo alguno para el reclamante. Tras el cierre del período de solicitudes, el juzgado revisará la información presentada y abrirá una instancia para subsanar errores. Luego se calculará la compensación individual y se ordenarán los pagos, que podrán demorar hasta tres meses en acreditarse en la cuenta que cada participante haya indicado.
El origen del conflicto se remonta a finales de 2017, cuando Apple reconoció públicamente que ralentizaba de forma intencional ciertos modelos de iPhone con baterías envejecidas. La compañía argumentó entonces que la medida apuntaba a preservar la estabilidad del sistema y evitar apagados repentinos, pero la explicación fue percibida por asociaciones de consumidores de varios países como una forma de obligar a los usuarios a sus dispositivos.
Quedan por confirmarse algunos aspectos centrales del proceso. Todavía no se difundió la fecha precisa en que se habilitará el formulario de inscripción, ni el plazo durante el cual permanecerá abierto. Tampoco se explicitó el criterio que utilizará el juzgado para validar cada reclamo más allá de la constatación del identificador y la residencia al 4 de febrero de 2020. Por último, resta definir si el acuerdo contempla algún mecanismo de revisión para quienes hubieran adquirido el teléfono en el extranjero pero residieran en el país en la fecha de referencia.
