Bancos obligados a canjear billetes deteriorados incluso a personas sin cuenta en la entidad
El Banco Central recordó que las sucursales minoristas deben recibir piezas rotas, manchadas o quemadas sin pedir requisitos de clientela. La normativa exige que el ejemplar conserve al menos el 60% de su superficie y prevé un procedimiento de derivación cuando el daño impide identificar la denominación.
El Banco Central de la República Argentina recordó a las entidades financieras que están obligadas a canjear billetes deteriorados a cualquier persona que se presente en ventanilla, sin importar si tiene o no una cuenta abierta en la institución. La precisión, contenida en la Sección 3 sobre Circulación Monetaria, apunta a desterrar una práctica que según el organismo se repite con frecuencia: la negativa del cambio en sucursales que alegan falta de relación comercial con quien solicita el reemplazo.
De acuerdo con la normativa vigente, un billete se considera deteriorado cuando sufrió desgaste por el uso y se encuentra roto, perforado, manchado, descolorido, sucio, quemado o dañado de forma involuntaria. La condición central para acceder al canje es que la pieza conserve al menos el 60% de su superficie original respecto del diseño completo. Cuando el billete aparece partido en varios pedazos, todos los fragmentos deben pertenecer con evidencia clara a un mismo ejemplar para que el reemplazo proceda.
Procedimiento para piezas de difícil identificación
En los casos en los que el deterioro impide determinar con certeza el valor o la denominación, los bancos pueden remitir la pieza al Banco Central para un análisis técnico, previa consulta al organismo. Para iniciar ese trámite la entidad debe acompañar al billete con una nota con membrete, presentada por duplicado, en la que consten la fecha de presentación, la numeración si fuera legible, la denominación y la suma estimada. Una vez procesados, los ejemplares recibidos por las sucursales son depositados en el Banco Central, que concentra el tratamiento final del material fuera de circulación.
- El canje debe ofrecerse a cualquier persona, sea cliente o no de la entidad.
- El servicio no puede suspenderse por decisión unilateral del banco y debe prestarse en el horario habitual de atención al público.
- El billete deteriorado debe conservar al menos el 60% de su superficie original para ser aceptado.
- Los fragmentos deben corresponder con evidencia a un mismo ejemplar cuando la pieza esté partida.
- Ante un rechazo indebido, la persona puede presentar un reclamo a través de los formularios web habilitados por el Banco Central.
Si una sucursal deniega el canje en condiciones que la normativa considera válidas, el usuario dispone de un canal formal de queja a través de los formularios web que el organismo monetario mantiene habilitados. Desde la autoridad monetaria remarcaron que la obligatoriedad alcanza a la totalidad de los bancos minoristas del sistema y que la negativa reiterada puede derivar en observaciones por parte del regulador.
En lo que resta confirmar, el Banco Central no difundió aún estadísticas sobre la cantidad de reclamos recibidos durante el último año por incumplimientos en el canje de billetes deteriorados ni estimaciones oficiales sobre la proporción de piezas dañadas que efectivamente llegan a las sucursales. Tampoco se conoció un detalle provincia por provincia del cumplimiento de la obligación, un dato que el sector todavía aguarda para dimensionar el alcance real de la medida.
