Comida rápida: la escala salarial de octubre arranca en 997.033 pesos para el aprendiz y supera los 1,86 millones para los puestos de cocina y pastelería
De acuerdo con la rama Servicios Rápidos del Convenio Colectivo 329/2000, los básicos mensuales van de $997.033 a $1.863.345, a los que se suman presentismo, antigüedad, nocturnidad y plus por zona fría.
Los empleados de cadenas de comida rápida perciben en octubre de 2026 un piso salarial mensual de $997.033 y un techo de $1.863.345, según la escala vigente de la rama Servicios Rápidos del Convenio Colectivo de Trabajo 329/2000. El valor más alto corresponde a los puestos de maestro pastelero, maestro heladero, cocinero y maestro pizzero, mientras que el más bajo queda reservado al aprendiz menor de dieciocho años.
Comparado con octubre del año anterior, la escala muestra una recomposición sostenida dentro del segmento, con los cuatro puestos de mayor responsabilidad técnica —maestro pastelero, maestro heladero, cocinero y maestro pizzero— consolidándose como el techo de la grilla convencional. El escalonamiento interno reproduce una pirámide clásica del rubro: a mayor calificación profesional y autonomía en la elaboración, mayor es el básico de la categoría.
Cómo se distribuyen los básicos por categoría
- Maestro pastelero, maestro heladero, cocinero y maestro pizzero: $1.863.345.
- Maestro facturero, oficial pastelero y rotisero fiambrero: $1.498.412.
- Oficial y líder de mantenimiento, minutero y parrillero: $1.311.043.
- Sandwichero, empleado administrativo y dependiente de mostrador: $1.246.146.
- Ayudante de mantenimiento y empanadero: $1.245.100.
- Ayudante pastelero, dependiente de helados, cafetero y auxiliar administrativo: $1.195.522.
- Sereno, lavacopas y peón de limpieza, carga y descarga: $1.163.517.
- Aprendiz menor de dieciocho años: $997.033.
A esos valores se suman adicionales que pueden modificar de manera sensible el salario de bolsillo. El premio por concurrencia, equivalente al 14% de la remuneración nominal bruta mensual (es decir, sobre el total de los rubros remunerativos antes de los descuentos), se abona a quienes completen todas las jornadas asignadas sin faltas injustificadas. La antigüedad, por su parte, aporta un 1% adicional del básico de la categoría por cada año de servicio en la misma empresa, y comienza a computarse a partir de los dos años de antigüedad. El trabajo nocturno —el comprendido entre las 21 y las 6— suma $685,60 por hora más un componente no remunerativo (es decir, sin descuentos jubilatorios ni aportes, pero sin incidencia en los aguinaldos ni en futuras indemnizaciones) de $50,73 por hora, según la planilla correspondiente al mes en curso.
Para los trabajadores que se desempeñan en la Patagonia rige el plus por zona fría. En Río Negro y Neuquén el adicional llega a $134.690,57 mensuales, más $5.306,81 no remunerativos. En Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y las islas del Atlántico Sur, en tanto, el adicional equivale al 40% del básico de la categoría, un porcentaje que históricamente busca compensar las condiciones climáticas y de localización.
Cabe señalar que los montos publicados son los básicos convencionales y que el salario de bolsillo puede variar de manera considerable en función de tres variables: la antigüedad acreditada, el horario efectivamente trabajado —especialmente la proporción de horas nocturnas— y la provincia donde se preste el servicio. Resta confirmar, por parte de las cámaras empresarias y del sindicato, cómo impactarán en los próximos meses la inflación proyectada y la próxima revisión paritaria sobre los actuales valores de la escala.
