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Miércoles, 21 de octubre de 2026
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El Subsidio de Contención Familiar de ANSES: un pago único de 15.000 pesos para cubrir sepelios de jubilados

El beneficio, vigente desde 2006 y actualizado en 2020, contempla a familiares y a cualquier persona que haya abonado el servicio funerario. El plazo para gestionarlo vence al año del fallecimiento y se puede hacer de forma virtual o presencial.

Por Nicolás HerediaEconomía · · hace 2 h
El Subsidio de Contención Familiar de ANSES: un pago único de 15.000 pesos para cubrir sepelios de jubilados

Un beneficio pensado para los gastos funerarios

Cuando fallece un jubilado o pensionado del sistema previsional argentino, sus allegados o incluso cualquier persona que haya abonado el sepelio pueden solicitar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES, el organismo que gestiona las jubilaciones y pensiones en el país) un reintegro parcial de esos costos. Se trata del Subsidio de Contención Familiar, un pago único de 15.000 pesos que existe desde 2006 y que fue reformulado en 2020 para ampliar el universo de beneficiarios.

Quiénes pueden cobrarlo y en qué orden

  • Quien acredite haber abonado el servicio de sepelio, cremación o inhumación mediante una factura a su nombre.
  • El viudo o la persona conviviente del fallecido.
  • Los hijos con derecho a pensión por fallecimiento.
  • Los herederos declarados por la vía judicial que no tengan derecho a pensión, siempre que no existan otros reclamantes.

Esa prelación (es decir, el orden de prioridad para acceder al cobro) es clave: si aparece una factura a nombre de quien pagó el servicio, esa persona se ubica primera en la fila. Recién cuando ese comprobante no existe o no se presenta, entran en juego los demás beneficiarios.

Plazos, documentación y modalidades de trámite

El plazo para iniciar la solicitud es de un año contado desde la fecha de fallecimiento. Quienes estén gestionando en forma paralela la pensión por fallecimiento (la prestación que ANSES otorga a los familiares del jubilado tras su muerte) pueden pedir el subsidio en el mismo momento, lo que simplifica la burocracia. La documentación varía según la calidad del reclamante: para los familiares con derecho a pensión alcanza con la resolución que acredita esa prestación y el formulario PS.6.296; en cambio, los herederos sin derecho a pensión deben completar, según el caso, los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 y PS.6.286, y eventualmente presentar constancias emitidas por cooperativas de energía, gremios, mutuales o compañías de seguros.

El trámite puede hacerse de manera digital ingresando al portal de ANSES con CUIL (Código Único de Identificación Laboral, el número que identifica a cada trabajador y beneficiario ante la seguridad social) y Clave de la Seguridad Social (la contraseña personal para operar en la web del organismo), seleccionando la opción «Solicitud de Subsidio de Contención Familiar» y completando los pasos requeridos. Para esa vía es imprescindible contar con una constancia de CBU (Clave Bancaria Uniforme, el número que identifica cada cuenta bancaria para operar con débitos y créditos) a mano. También es posible gestionarlo de manera presencial sacando un turno en una oficina de ANSES.

En la comparación con el mismo mes del año anterior, queda por delante una pregunta central que el organismo aún no difundió de manera oficial: si el monto de 15.000 pesos resultará suficiente para atenuar el costo real de un sepelio en la Argentina actual, considerando la dinámica inflacionaria y la suba sostenida de los servicios funerarios en los últimos doce meses. Falta, en definitiva, que ANSES confirme si habrá una actualización del subsidio o si el valor se mantendrá en los próximos meses.

NH

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