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La Justicia fueguina liberó a Abregú por prescripción y abrió un debate sobre los plazos en causas por femicidio

El Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego sobreseyó por mayoría a Ramón Ángel Abregú, condenado en 2000 por el homicidio de su expareja embarazada. Consideró que no hubo actos que interrumpieran el plazo y que la fuga quedó neutralizada por un sobreseimiento anterior.

Por Daniela MoyanoPoliciales y judiciales · 26 de septiembre de 2026 · hace 2 h

El Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego resolvió declarar extinguida la acción penal y ordenar la inmediata libertad de Ramón Ángel Abregú, condenado en septiembre de 2000 a 20 años de prisión por el homicidio de Eva Azulina Falcón, quien se encontraba embarazada al momento del ataque. La decisión se adoptó al entender que operó la prescripción, dado que no se acreditaron actos válidos que interrumpieran el cómputo del plazo.

El hecho original y la fuga de 2001

El crimen ocurrió el 23 de enero de 2000 en un consultorio de la clínica Cemep de la ciudad de Río Grande. Abregú fue detenido poco después del ataque y alojado en una unidad penitenciaria. El 15 de febrero de 2001 escapó de ese establecimiento y permaneció prófugo durante 22 años, hasta que en 2023 se presentó ante la Justicia para solicitar la prescripción.

Inicialmente, el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande rechazó ese pedido. Los jueces Eduardo López y Juan José Varela coincidieron con el fiscal mayor Martín Bramatti en que la evasión configuraba un nuevo delito, cuya continuidad impedía el avance del plazo de prescripción sobre el homicidio.

El sobreseimiento por la fuga y el fallo dividido

La clave de la resolución del Tribunal Superior fue que la causa por la fuga de 2001 terminó con un sobreseimiento. Para la mayoría integrada por María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez, ese antecedente eliminó el delito que podía interrumpir la prescripción de la acción penal por el femicidio.

La mayoría citó como referencia el precedente “Ilarraz” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el que se articulan criterios sobre prescripción y garantías constitucionales. En disidencia, el juez Ernesto Löffler sostuvo que admitir la prescripción resulta incompatible con las obligaciones de protección y sanción de la violencia contra las mujeres previstas en convenciones internacionales.

  • Crimen: Eva Azulina Falcón fue asesinada el 23 de enero de 2000 en un consultorio de la clínica Cemep de Río Grande; estaba embarazada.
  • Condena: en septiembre de 2000, Abregú recibió 20 años de prisión.
  • Fuga: el 15 de febrero de 2001 se escapó de la unidad penitenciaria y permaneció prófugo durante 22 años.
  • Reaparición: en 2023 se presentó ante la Justicia y pidió la prescripción.
  • Decisión actual: el Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego lo sobreseyó y ordenó su libertad inmediata por mayoría.

La postura de Löffler dejó planteada la tensión central del caso: cómo se compatibiliza el instituto de la prescripción con los compromisos internacionales del Estado argentino en materia de violencia de género. La mayoría, en cambio, se inclinó por una lectura estrictamente técnica de los plazos y de los actos interruptivos, apoyada en el antecedente del sobreseimiento por la fuga y en el precedente citado por el máximo tribunal del país.

Con la resolución firme, Abregú recupera la libertad en el marco de la causa por el homicidio de Falcón. Lo que sigue es el eventual cumplimiento de las notificaciones administrativas y registrales del sobreseimiento, mientras la decisión queda a disposición de las partes para evaluar los caminos procesales que correspondan.

DM
Daniela MoyanoPoliciales y judiciales

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