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Martes, 6 de octubre de 2026
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Mendoza abrió un canal gratuito para que consumidores puedan renegociar deudas ante una inminente falta de pago

Por Nicolás HerediaEconomía · · hace 40 min
Mendoza abrió un canal gratuito para que consumidores puedan renegociar deudas ante una inminente falta de pago

La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza habilitó un procedimiento de conciliación gratuito destinado a personas físicas que atraviesan dificultades en el cumplimiento de obligaciones crediticias. La medida alcanza a compromisos asumidos con bancos, plataformas autorizadas, mutuales y cooperativas, y apunta a acercar una instancia formal de renegociación antes de que el cuadro derive en una cesación de pagos de carácter definitivo.

En términos operativos, el sistema exige tres condiciones acumulables para configurar el acceso al beneficio: que las cuotas comprometidas superen el 30% del ingreso familiar neto, que el capital adeudado no exceda el equivalente a cien salarios mínimos, vitales y móviles, y que el solicitante posea domicilio real en la provincia y revista como consumidor final. El umbral desciende al 25% cuando se verifican condiciones de vulnerabilidad social, entre las que se contemplan hogares con niños a cargo, personas con discapacidad, jubilados con haber mínimo, desocupados, beneficiarios de planes sociales y trabajadores informales.

La autoridad de aplicación aclaró que la Provincia carece de atribuciones para imponer unilateralmente quitas, bonificaciones ni modificaciones contractuales: cualquier reordenamiento de la deuda requiere el consentimiento expreso de los acreedores intervinientes. En la práctica, el procedimiento funciona como una mesa de mediación en la que el deudor puede plantear alternativas tales como la extensión de los plazos, la fijación de períodos de espera o gracia, la eliminación de intereses punitorios y cargos por mora, o el rediseño del esquema de cuotas.

Trámite y alcance de la convocatoria

El procedimiento se canaliza a través de la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC). El inicio requiere la presentación del detalle de acreedores, los montos adeudados y un inventario actualizado de activos y pasivos. Una vez recibida la solicitud, Defensa del Consumidor cita a las entidades acreedoras, que disponen de un plazo de diez días hábiles para expedirse sobre la propuesta formulada por el consumidor.

Quedan expresamente fuera del régimen las obligaciones garantizadas con hipoteca, las deudas alimentarias, las multas y las sanciones de carácter penal, así como los pasivos de origen empresarial o comercial que no correspondan al ámbito familiar. La diferenciación resulta relevante porque el instituto se inscribe en la órbita del consumo personal y no en la de la insolvencia societaria.

Lo que aún resta confirmar

El mecanismo abre una ventana formal para la renegociación, aunque sus resultados dependerán, en última instancia, de la predisposición de cada acreedor. Resta confirmar, en la práctica, la velocidad con que los bancos y las plataformas financieras responderán a las citaciones, así como la difusión efectiva del procedimiento entre los hogares mendocinos que perciben haberes en moneda local y ajustados a la evolución del índice de precios al consumidor publicado por el INDEC. Hasta tanto se acumulen los primeros casos resueltos, el alcance real de la iniciativa dependerá de su difusión y de la conducta adoptada por las entidades convocadas.

NH

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