ARCA extiende a octubre de 2026 la fecha de corte para que pymes regularicen deudas en cuotas
El régimen especial de facilidades de pago suma deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, con adhesión abierta hasta el 30 de junio de 2027 y carga en el sistema Mis Facilidades desde el 16 de noviembre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida permite incorporar al plan obligaciones que hasta ahora quedaban afuera, con un esquema de financiación en cuotas que se mantiene respecto de la versión original.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial como Resolución General 5924/2026 y modifica las fechas centrales del plan especial, que alcanzaba a los contribuyentes con deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026.
Nuevas fechas del plan
El cambio principal es el corrimiento de la fecha de corte de las obligaciones regularizables, que pasa del 30 de junio al 31 de octubre de 2026. Además, el período para adherirse se extiende: en lugar de cerrar el 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder y qué deudas incluye
- Micro y Pequeñas Empresas.
- Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
- Deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.
En cuanto a la financiación, las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales. Las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.
Cuándo y cómo se carga la deuda
Si bien la resolución ya se encuentra vigente, la incorporación de las nuevas deudas en el sistema « Mis Facilidades » estará habilitada recién desde el 16 de noviembre de 2026, bajo la opción « Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026 ». Hasta esa fecha, el sistema no admite obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio.
El trámite se realiza de forma online a través del servicio « Mis Facilidades » del organismo recaudador. Resta confirmar la fecha de habilitación de la carga de deudas, prevista para el 16 de noviembre de 2026.
