Paritaria en concesionarias: montos diferenciados por categoría y un plus en diciembre
SMATA y ACARA cerraron los salarios del último trimestre del año para el personal del sector, con escalas nominales por categoría y negociaciones previstas para enero.
Los trabajadores de concesionarias de autos comenzaron a cobrar nuevos salarios desde el 1° de octubre. El acuerdo firmado entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA alcanza al período octubre-diciembre y se rige por el convenio colectivo de trabajo 99/23. En lugar de aplicar un porcentaje único a todos los escalafones, el acta fija montos nominales diferenciados según la categoría.
Escalas base y plus de diciembre
Para octubre y noviembre, las escalas parten de $1.073.088,67 para vendedores de planes de ahorro y para vendedores itinerantes de repuestos, que se ubican en una misma franja. La siguiente franja asciende a $1.099.915,89. En diciembre se suma un incremento complementario sobre esos valores base, cuyo monto no figura en el material disponible.
Además del sueldo fijo, el personal de ventas conserva una comisión mínima garantizada del 0,5% sobre el precio de venta libre de tributos. Asimismo, las empresas deben encuadrar al menos el 10% de su dotación en los dos escalafones superiores del convenio.
Beneficios y adicionales
- Antigüedad: escala que parte del 3% a los dos años de servicio y llega al 39% a los 26 años.
- Idioma extranjero: suplemento del 4% sobre el básico para quienes acrediten dominio.
- Título habilitante: suplemento del 10% sobre el básico.
- Zona desfavorable: plus del 20% para quienes cumplan tareas en la Patagonia, que incluye Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
- Transporte: compensación por transporte, sea público o propio.
- Vacaciones: asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales.
- Fallecimiento: subsidio por fallecimiento de familiares directos, calculado sobre la categoría máxima del escalafón.
Vigencia y homologación
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación (aprobación formal por parte de la autoridad administrativa). Sin embargo, ambas partes aclararon que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.
En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional. Queda pendiente confirmar el resultado de esa evaluación y si se aplicará algún incremento sobre los montos vigentes.
