Un proyecto en el Congreso quitaría la exención de Ganancias a los CEDEARs
La iniciativa propone gravar al 15% las operaciones con certificados comprados desde el 31 de octubre de 2026, sin efectos sobre las carteras ya armadas.
Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario plantea aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, los certificados que replican activos extranjeros y que hoy gozan de una exención. La medida alteraría un beneficio que, hasta el momento, convirtió a estos instrumentos en una alternativa atractiva para ahorristas e inversores minoristas.
Qué son los CEDEARs y por qué resultan atractivos
Los CEDEARs se compran y venden en el mercado local argentino, aunque representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero, lo que les permitió ganar popularidad entre quienes buscan dolarizarse sin salir del sistema local.
El cambio que propone el proyecto
Hasta ahora, estos certificados quedan amparados por la misma exención de Ganancias que rige para los valores negociables argentinos. La propuesta modifica esa lógica: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. El criterio se conoce como transparencia fiscal, o look-through, y consiste en mirar el activo de fondo y no solo el instrumento que se negocia.
Según lo informado por Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios, la alícuota que se aplicaría sería del 15%. La diferencia de trato que busca eliminarse es concreta: hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.
Alcance temporal y situación de los inversores
- El gravamen regiría para los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.
- Quien ya tiene CEDEARs en cartera no quedaría alcanzado de forma retroactiva.
- Las carteras armadas antes de esa fecha no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.
- Para un inversor minorista, el impacto dependería del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones.
Como se desprende de la propuesta, el efecto práctico sobre cada cartera dependería de variables individuales, por lo que no existe un impacto uniforme para todos los tenedores de estos certificados.
Lo que resta definir
El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Hasta que eso ocurra, el régimen de exención sigue vigente y las reglas actuales continúan aplicándose a las operaciones con CEDEARs.
