Imputabilidad a partir de los 14 años: qué establece la ley 27.801 que ya rige en todo el país
La norma entró en vigencia tras 180 días desde su publicación en el Boletín Oficial. Fijas penas de hasta 15 años para los delitos más graves y alternativas al encierro para los hechos de menor gravedad. Al menos seis menores acusados de homicidio quedan fuera del nuevo régimen por la fecha en que cometieron los hechos.
El nuevo régimen penal juvenil argentino entró en vigencia este sábado en todo el país, una vez cumplidos los 180 días desde la publicación de la ley 27.801 en el Boletín Oficial. La reforma baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y diseña un esquema de sanciones graduadas según la gravedad del hecho investigado.
La norma precisa la carátula y la escala penal aplicable a cada supuesto. La privación de libertad queda reservada para los casos más graves, entre ellos el homicidio, y se ejecuta en tres modalidades previstas por el texto: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención.
Escalas y topes de pena
La pena máxima prevista para los menores es de 15 años. La ley autoriza que dos tercios de la condena se cumplan bajo libertad condicional, lo que en la práctica reduce el encierro efectivo a un tope cercano a los diez años. Para los delitos de menor gravedad —hurtos y robos sin armas, entre otros— la norma habilita sanciones alternativas al encierro.
- Robos agravados con armas de fuego: el juez de la causa puede reemplazar la prisión por tobilleras electrónicas, prohibición de concurrir a determinados lugares o, en situaciones extremas, separación del menor de su entorno familiar cuando ese entorno queda acreditado como fomento de la actividad delictiva.
- Dictamen pericial favorable como requisito ineludible para aplicar la pena alternativa.
- Conformidad del Ministerio Público Fiscal y audiencia previa a la víctima.
- Prohibición de aplicar sanciones sustitutivas a adolescentes con condenas previas o con auto de procesamiento firme en trámite.
Casos que quedan fuera del alcance de la ley
Desde la sanción en el Congreso hasta la entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del nuevo régimen por la edad que tenían al momento del hecho. Entre ellos figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires, cuya investigación se confirmó que no alcanzará las nuevas disposiciones. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial, aunque no enfrentarán proceso penal ni condena.
Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable puede ser alojado en un instituto solo hasta los 18 años, sin registro de antecedentes. La nueva legislación modifica ese escenario para los hechos cometidos a partir de la entrada en vigencia, con un sistema que prevé escalas diferenciadas y controles judiciales reforzados en cada etapa del proceso.
La fiscalía interviniente en cada expediente deberá ahora evaluar si el hecho investigado queda comprendido en las figuras previstas por la ley 27.801 y, en su caso, solicitar la pena correspondiente según la gravedad acreditada. La próxima instancia procesal será la audiencia de formalización de la investigación, donde se determinará la responsabilidad penal de cada adolescente y, en los hechos graves, el tipo de establecimiento asignado para el cumplimiento de la medida.
